Donaciones

Toda aportación es importante. La suya, también.

Al hacer una donación no solo estará contribuyendo económicamente, sino que estará haciendo posible el desarrollo de proyectos que permiten ofrecer oportunidades a cientos de niños y niñas, promover el espíritu de respeto y tolerancia a través de la música y fomentar la multiculturalidad y el diálogo. 

Si quiere comprometerse de manera estable con los proyectos y actividades de la Fundación Barenboim-Said, puede convertirse en Amigo de la Fundación

Colabore ahora

Con su aportación colaborará con los proyectos musicales y de cooperación internacional desarrollados por la Fundación. Pulse una cantidad o indíquela

10€ 25€ 50€

¿Conoce los beneficios fiscales de hacer una donación?

Los incentivos fiscales al mecenazgo están previstos en la reforma fiscal aprobada por la Ley 27/2014 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, que introduce en su Disposición final 5ª modificaciones a los artí­culos 19 y 20 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo, en relación a los tipos de deducción aplicables por donaciones realizadas a fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública acogidas al régimen fiscal especial regulado en dicha Ley 49/2002. Así­, a partir del 1 de enero de 2024 los tipos de deducción son los siguientes:

Deducciones de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
A partir de 2024
Hasta 250 €
80%
A partir de 250 €
40%
Donaciones plurianuales (realizadas a partir del tercer año a la misma entidad, en la cantidad que exceda de 250 €)
45%
Lí­mite de deducción
10% de la base liquidable
Donaciones de personas físicas no residentes en la cuota del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes
A partir de 2024
Hasta 250 €
80%
A partir de 250 €
40%
Donaciones plurianuales (realizadas a partir del tercer año a la misma entidad, en la cantidad que exceda de 250 €)
45%
Lí­mite de deducción
15% de la base liquidable
Donaciones de personas jurídicas en la cuota del Impuesto sobre Sociedades
A partir de 2024
Donaciones
40%
Donaciones plurianuales (las realizadas a partir del tercer año a la misma entidad)
50%
Límite de deducción
15% de la base imponible

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

Ir al contenido